La federación española de padel gana pleito con Varlion

 

La federación española de padel gana pleito con Varlion

pala de padel varlion lethal weapon 48,8 - www.padelbarcelona.esLa Sección 14 de la Audiencia Provincial de Madrid ha emitido sentencia en grado de
apelación sobre el Procedimiento Ordinario 1133/2006 procedente del Juzgado de Primera
Instancia nº 61 de Madrid, a los que ha correspondido el Rollo 286/2008.
En ella se hace referencia a la sentencia apelada cuya parte dispositiva era del tenor
literal siguiente: “Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por la
Procuradora Sra. Gozalo Sanmillán, en nombre y representación de Varlión
Internacional S.L. y Varlion España S.A., absolviendo de los pedimentos contenidos en
la misma a la Federación Española de Pádel y declarando que la pala de pádel marca
Varlion, modelo LETHAL WEAPON 48,8 no se ajusta al Reglamento de Juego del Pádel
de la Federación Española de Pádel, condenando a la demandante al pago de las costas
causadas.”

Entre otros argumentos detallados en los Fundamentos Jurídicos en los que se basa la
sentencia en apelación se dice: Según el Diccionario de la R.A.E. se entiende por perfil:
“m. geom. Figura que representa un cuerpo cortado real o imaginariamente por un plano
vertical.
” Y también “m. Pint. Contorno aparente de la figura, representado por líneas que delimitan
la orma de aquella”

Y sigue diciendo: Si combinamos estas dos acepciones del término, y utilizamos un poco
las máximas de experiencia propias del sentido común, veremos que la interpretación del
recurrente no es sostenible.

Hace una referencia expresa a la decisión de la Federación Internacional de Pádel a quien
considera autoridad federativa que actúa en el marco de su propia competencia y que
establece que la noción grosor de perfil debe entenderse como de grosor total.

Y para finalizar dice: “ Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación

Fallamos

Desestimamos el recurso de apelación, articulado por la representación procesal de Varlion
España, S.A. y Varlion Internacional, S.L. contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª
Instancia nº 61 de los de esta Villa, en sus autos nº 1133/06, de fecha 26 de Octubre de 2007
CONFIRMAMOS íntegramente dicha resolución, e imponemos las costas de esta alzada al
apelante.” 

Fuente: http://www.padelfederacion.es


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